Aplicación retroactiva de los nuevos porcentajes de recargos por presentación de declaración extemporánea

El Tribunal Supremo fija en la presente sentencia que los nuevos porcentajes de recargo por presentación extemporánea establecidos en el artículo 27.2 de la LGT se aplican con carácter retroactivo. En el presente supuesto la Administración exigía un recargo del 5% por la presentación extemporánea de la declaración correspondiente al pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades del 2P ejercicio 2016, presentada con un retraso de 51 días. Sin embargo, conforme a la nueva redacción del citado…