Una filial española es un EP de una empresa extranjera, si la filial negocia los contratos firmados por la no residente

El TSJ de Cataluña considera que una filial española funciona como establecimiento permanente de la casa matriz, cuando negocia con discrecionalidad los contratos que son ratificados por la empresa no residente sin modificación sustancial. Se trata de un supuesto en el que un grupo taiwanés dedicado a la fabricación y venta de productos electrónicos tiene una filial en España dedicada a la publicidad y marketing. La empresa española cobra a su matriz domiciliada en Singapur un precio igual al…