La entrada y registro de domicilios constitucionalmente protegidos: contenido de dispositivos electrónicos.

El acceso íntegro e indiscriminado a los datos de contenido personal en un ordenador, acordado antes de la correspondiente autorización judicial, también supone una vulneración de los derechos a la intimidad personal y familiar, el secreto de las comunicaciones y la protección de datos de carácter personal. El TS fija doctrina en el sentido de que la necesidad de autorización judicial de entrada en domicilio constitucionalmente protegido con el objetivo de llevar a cabo actuaciones de…