Estructura del órgano de administración en junta convocada por un solo administrador mancomunado
Se plantea en una reciente resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública si es válido el cambio de estructura del órgano de administración de una sociedad, de administradores mancomunados a administrador único, aprobado en una junta general convocada por un solo administrador mancomunado por fallecimiento del otro administrador. En caso de fallecimiento de una de los administradores, la LSC prevé expresamente la posibilidad de convocar una junta, por el administrador que…


