Devolución de cláusula multidivisa de un contrato de préstamo hipotecario
Se declara nula, por sentencia judicial, la cláusula multidivisa de un préstamo hipotecario, destinándose las cantidades abonadas y los intereses a la amortización del principal.
La restitución de las cantidades pagadas de mas no constituye renta sujeta al IRPF.
Sin embargo, si esas cantidades han formado parte de la base de la deducción por inversión en vivienda habitual, se pierde el derecho a practicar la deducción, obligando a regularizar y añadiendo las cantidades indebidamente deducidas, más los intereses de demora.
En cuanto a los intereses, tienen diferente calificación en función de su naturaleza (remuneratoria o indemnizatoria).
- Remuneratorios: tendrán la consideración de RCM salvo que se califiquen como rendimientos de la actividad empresarial.
- Indemnizatorio: finalidad, resarcir daños y perjuicios sufridos, se califican como Ganancia patrimonial.
En cuanto a la integración en el impuesto, se han de integrar en la Base Imponible del ahorro.
Por último, si las cantidades se siguen destinando a la adquisición de la vivienda podrán seguir aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual.