Empadronamiento como indicio de residencia para aplicación de la deducción por vivienda

El empadronamiento como indicio de residencia habitual para la aplicación de la deducción por inversión en vivienda habitual

La DGT repasa las condiciones para la aplicación de la deducción por inversión en vivienda habitual, recordando que su régimen transitorio permite continuar aplicando la deducción siempre que se hubiera adquirido la vivienda y practicado la deducción con anterioridad a 2013.

Para aplicar la deducción, la vivienda ha de constituir la residencia habitual del contribuyente, si la vivienda pierde este carácter, se pierde el derecho a aplicar la deducción, salvo que el traslado de residencia se deba a razones de cargo o empleo, en cuyo caso podrá seguir practicando deducciones.

La determinación del lugar de residencia es una cuestión de hecho, y por lo tanto debe probarse por cualquier medio de prueba admitido en derecho. En este sentido, cabe señalar que el empadronamiento no constituye un elemento suficiente de prueba, por sí mismo, así como tampoco el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Si bien la cédula de empadronamiento municipal sí que constituye un elemento relevante de valoración, pudiendo considerarse el mismo como indiciario.