La declaración censal de alta no implica el inicio de actividades a efectos de IAE

La declaración censal de alta, no implica necesariamente el efectivo ejercicio de las actividades económicas, empresariales o profesionales, que constituyen el hecho imponible del IAE, ya que la Orden que aprueba la declaración censal establece que están obligados a presentar esta declaración “quienes desarrollen o vayan a desarrollar en territorio español actividades empresariales o profesionales”