Novedades tributarias Comunidad de Madrid 2025

  • En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 27 julio se ha aprobado la Ley 2/2025, que modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos.
  • Las modificaciones tienen un doble objetivo: (i) mejorar el ISD aplicable a las adquisiciones mortis causa e intervivos para los sujetos pasivos del Grupo IIII de parentesco y (ii) eliminar cargas formales y simplificar los requisitos de los beneficios fiscales.
  • Bonificaciones en la cuota tributaria para los sujetos pasivos del grupo III de parentesco:
    • Se aumenta la bonificación del 25% al 50%.
    • La bonificación la pueden aplicar todos los sujetos pasivos incluidos en el Grupo III: colaterales de segundo o tercer grado por consanguinidad, por afinidad y ascendientes y descendientes por afinidad. Hermanos, tíos y sobrinos, cuñados, tíos y sobrinos por afinidad, suegros, nueras y yernos.
  • Simplificación de requisitos para las bonificaciones:
    • Donaciones en metálico inferiores a 10.000 euros: No es necesario el otorgarlas en escritura pública. (Se acumulan donaciones de los 3 últimos años).
    • Si se realiza una donación superior a 10.000 euros en documento privado, podrá aplicar la bonificación si se eleva a público en el período voluntario de declaración.
  • Bonificación del 100% de la cuota para donaciones de hasta 1.000 euros realizadas entre particulares (se acumulan donaciones de los 3 últimos años). No obligación de presentación de autoliquidación.