No están exentas en IP las participaciones de una sociedad dedicada al arrendamiento sin persona empleada a jornada completa
El TSJ de Cataluña ha negado la exención en IP de las participaciones en una entidad dedicada al arrendamiento de inmuebles que no disponía, como exige el artículo 27.2 de la Ley 35/2006 (Ley IRPF), de al menos, una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa para su ordenación. Señala el Tribunal que, a los específicos efectos de la exención, se requiere inexcusablemente, para que el arrendamiento de inmuebles pueda ser considerado actividad económica, la concurrencia de las…

