En el IP la bonificación de un no residente es un derecho no una opción
Desde 2021 los contribuyentes no residentes por obligación real en el IP por radicar sus bienes en Madrid tienen derecho a la bonificación del 100% sobre la cuota. Sin embargo, se debe liquidar el impuesto en la Agencia Estatal de Administración Tributario (AEAT) y no en la Comunidad Autónoma, a diferencia de un residente que lo realiza a través de la Comunidad Autónoma (CCAA). Dentro de la AEAT, la gestión de este impuesto está encomendada a la Oficina Nacional de Gestión Tributaria, sin…

