La falta de autorización del inquilino para inspeccionar la vivienda no hace válida la valoración emitida realizada

La falta de autorización del inquilino para inspeccionar la vivienda no hace válida la valoración emitida realizada

La falta de inspección o reconocimiento visual de la finca objeto de valoración por causas ajenas a la propia Administración, en este supuesto, la falta de autorización del inquilino, no transforma en motivada la valoración realizada, ya que, en todo caso, nunca podría considerarse una valoración individualizada, sino por referencia a otros inmuebles del entorno cuya igualdad, que es lo supliría la falta de inspección concreta, no ha sido acreditada.

Además, la Administración no puede alegar imposibilidad de la inspección cuando no agota todos los medios a su alcance para ello, y, en cualquier caso, pese a la negativa del inquilino que está en su derecho a negar el acceso a su vivienda, la Administración podría haber solicitado la autorización judicial para la ejecución del acto administrativo de reconocimiento del bien a valorar.