Modelo 231. La declaración de información país por país

El pasado 30 de diciembre se publicó la Orden Ministerial que aprueba el modelo 231 de declaración de Información país por país, que deberá ser presentado en los 12 meses siguientes a la finalización del periodo impositivo al que haga referencia, con la siguiente información agregada por países o jurisdicciones:

· Ingresos brutos del grupo, en euros, distinguiendo entre los obtenidos con entidades vinculadas y los obtenidos con terceros.

· Resultados antes de Impuesto sobre Sociedades o equivalente, en euros.

· Impuestos sobre Sociedades o equivalente satisfechos, incluyendo las retenciones soportadas, en euros.

· Capital y resultados no distribuidos a final del periodo impositivo, en euros.

· Plantilla media.

· Inversiones inmobiliarias y activos materiales que no sean tesorería o derechos de crédito, en euros.

· Listado de las entidades residentes y establecimientos permanentes, detallando la actividad principal desarrollada por cada una.

· Cualquier otra información que se considere relevante incluyendo, en su caso, una explicación de los datos incluidos en la declaración.